jueves, 26 de diciembre de 2013
Según señala un artículo de Mauricio Pérez en la revista
Caras y Caretas, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró, en un fallo
reciente, que la ley de Caducidad tuvo “una finalidad de reconciliación”
de la sociedad uruguaya, tras los hechos acaecidos durante la dictadura.
Además, afirmó que el fallo de la Corte IDH en el caso Gelman vs. Uruguay es “incompatible”
con ese camino de reconciliación. El referido fallo agrega también que: “No
puede confundirse dicha situación con el caso particular del Uruguay, porque en
nuestro país existió una opción por la indulgencia, con una finalidad de
reconciliación, expresada por la mayoría de la ciudadanía en el referéndum del
año 1989 –que algunos aislados analistas atribuyen a la fragilidad
institucional y al miedo remanente de la dictadura– pero que, superada
largamente esa etapa la misma opción se reitera en el año 2009”
PARA LEER MAS: http://contratapapopular.blogspot.com/
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